Derecho · Año 3 18 min de lectura

Derecho de la Unión Europea y de la integración regional: la unión jurídica más profunda y sus herederos

Veintisiete países dejan que un solo tribunal diga a sus propios jueces qué derecho gana. Cómo ocurrió, cómo funciona, y qué copiaron y qué dejaron Mercosur, la Comunidad Andina, Centroamérica y África.
The Default Library en Español · Lo Que Sabe Cada Carrera · 34/12

Un cargador de móvil comprado en Lisboa funciona en Varsovia. Un ingeniero griego puede aceptar un empleo en Finlandia sin permiso de trabajo. Un banco de Dublín puede prestar a una empresa de Madrid con un mismo conjunto de reglas. Nada de eso es casualidad de buenos vecinos. Es la superficie visible de un sistema jurídico en el que un tribunal de Luxemburgo, cuyos jueces vienen de todos los Estados miembros, puede decirle a un juez de Roma o de Riga que una ley nacional debe quedar sin aplicar.

Nada así existe entre Estados corrientes. En Derecho internacional y derechos humanos (34/11) viste que un tratado normalmente obliga a los gobiernos y no a las personas, y que ningún tribunal puede pasar por encima de un parlamento nacional. El derecho de la UE rompió las dos reglas. Eso lo convierte en el experimento más estudiado de soberanía compartida, y en una comparación natural para cada región que ha intentado integrarse desde entonces, incluida la tuya si hablas español: Mercosur, la Comunidad Andina y el Sistema de la Integración Centroamericana tomaron ideas de Europa, y cada uno se detuvo en un punto distinto.

Esto describe cómo funcionan los sistemas jurídicos y no es asesoría legal. El derecho de la UE y el de cada bloque cambian, y cada país los aplica de manera distinta.

La materia en una caja
Quién la cursa
Estudiantes de Derecho de toda Europa, normalmente entre el tercer y el quinto año, donde es obligatoria en la mayoría de las carreras (una asignatura, o materia, de derecho público europeo). En América Latina suele ser optativa y aparece como derecho de la integración o derecho comunitario; también la llevan estudiantes de ciencia política y de relaciones internacionales.
Para qué sirve
Saber qué reglas vienen de Bruselas y Luxemburgo (o de un bloque regional) y no de tu propia capital, y cómo puede una persona usarlas.
Viene después de
Derecho constitucional (34/06) y Derecho internacional y derechos humanos (34/11).
Lleva a
Derecho de la competencia, comercio, protección de datos y migración; Política comparada (en inglés, 35/13) y Economía política (en inglés, 35/17).
Qué te da esta pieza
No podrás redactar un escrito ante el Tribunal de Justicia. Sí verás por qué el efecto directo y la primacía hicieron único este orden, cómo funcionan el mercado único y las reglas de votación, y qué conservaron y qué dejaron los imitadores. Lectura previa más ligera: The International Institutions: What They Can and Can't Do (en inglés, 18/10).

Un nuevo orden jurídico: efecto directo y primacía

La Comunidad Económica Europea nació con el Tratado de Roma (firmado en 1957, en vigor en 1958) entre seis Estados: Alemania Occidental, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos. En el papel era un tratado corriente. Dos sentencias de su Tribunal de Justicia, con menos de dieciocho meses de diferencia, lo convirtieron en otra cosa.

En Van Gend en Loos (asunto 26/62, 5 de febrero de 1963), una empresa neerlandesa de transportes protestó por un derecho de aduana sobre un producto químico importado de Alemania, apoyándose en un artículo del Tratado que prohibía nuevos derechos entre Estados miembros. ¿Podía una empresa privada invocar un artículo de un tratado contra su propio gobierno ante su propio juez? El Tribunal dijo que sí: la Comunidad era «un nuevo ordenamiento jurídico de Derecho internacional» cuyos sujetos no eran solo los Estados sino también sus ciudadanos. Es el efecto directo. La prueba que dio el Tribunal: la disposición debe ser clara y precisa, incondicional y no necesitar otras medidas nacionales para funcionar.

En Costa contra ENEL (asunto 6/64, 15 de julio de 1964), un abogado italiano que protestaba por la nacionalización de la electricidad sostuvo que la ley italiana chocaba con el Tratado. El Tribunal declaró que el derecho nacido del Tratado, «una fuente autónoma de derecho», no podía ser desplazado por normas internas sin perder su carácter de derecho comunitario. Es la primacía (en la tradición española también se dice «supremacía»): donde ambos chocan, gana el derecho de la UE. Casos posteriores añadieron que el juez nacional debe dejar sin aplicar de inmediato la ley nacional contraria, sin esperar al parlamento (Simmenthal, 1978), y que un Estado que no aplica el derecho de la UE puede deber una indemnización a los perjudicados (Francovich, 1991).

Los actos jurídicos de la UE son de varios tipos (Tratado de Funcionamiento de la UE, art. 288). Un reglamento se aplica directamente en cada Estado. Una directiva obliga a los Estados en cuanto al objetivo pero les deja el método, así que necesita una ley nacional que la transponga. Una directiva puede invocarse contra el Estado una vez vencido el plazo, pero no directamente contra una empresa privada.

Interactivo · ¿Puedo invocar esta norma ante un tribunal nacional?

Simplificado a partir de Van Gend en Loos (1963), Van Duyn (1974), Defrenne II (1976, igualdad salarial entre particulares), Marshall (1986), Marleasing (1990) y Francovich (1991). Los casos reales dependen de la redacción exacta.

Las cuatro libertades y el mercado único

El propósito de todo esto era un mercado común con cuatro libertades: de mercancías, de personas (trabajadores y, más tarde, ciudadanos), de servicios y de capitales, que circulan entre fronteras como dentro de un país. Los derechos de aduana entre los miembros desaparecieron en 1968. Las barreras más difíciles eran las reglas. Si cada Estado prohíbe lo que otro permite, las mercancías siguen deteniéndose en la frontera.

El caso clave es Cassis de Dijon (asunto 120/78, 20 de febrero de 1979). Alemania exigía que los licores de frutas tuvieran al menos un 25 % de alcohol. Un licor francés de grosella negra, legal en Francia, rondaba entre el 15 y el 20 %, así que a un importador alemán se le negó la venta. El Tribunal sostuvo que un producto vendido legalmente en un Estado miembro debe, en principio, poder venderse en todos: reconocimiento mutuo. Un Estado aún puede bloquearlo, pero solo por una razón real de interés público (salud, protección del consumidor, medio ambiente, lealtad comercial) y solo si la regla es proporcionada: no más restrictiva de lo necesario. El argumento de Alemania, que había que proteger al consumidor de bebidas flojas, fracasó, porque bastaba una etiqueta. La sentencia posterior Keck (1993) dejó fuera las simples «modalidades de venta» (por ejemplo, los horarios de las tiendas) aplicadas por igual a todos.

Interactivo · ¿Está permitida esta regla nacional?

Una prueba simplificada: (1) una mera modalidad de venta tratada por igual queda fuera de las reglas (Keck); (2) en otro caso, una regla que estorba las importaciones necesita un fin genuino de interés público y ninguna alternativa menos restrictiva. Los tribunales reales sopesan las pruebas caso por caso. Activa o desactiva cada hecho para ver qué cambia.

Las instituciones: quién propone, quién decide

Las instituciones de la UE no encajan limpiamente con un gobierno nacional. Piensa en cinco tareas. La Comisión Europea (un comisario por Estado, 27) tiene el monopolio de proponer la mayoría de las leyes y actúa como «guardiana de los Tratados», con procedimientos de infracción contra los Estados (art. 258 TFUE). El Parlamento Europeo (720 diputados, elegidos directamente desde 1979; el tamaño actual viene de las elecciones de junio de 2024) y el Consejo de la UE (ministros de los 27 gobiernos) colegislan la mayoría de las leyes en el «procedimiento legislativo ordinario». El Consejo Europeo (jefes de Estado o de gobierno) marca el rumbo pero no legisla. Y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo, con un juez por Estado miembro, interpreta los Tratados. Estos arreglos vienen del Tratado de Lisboa (firmado en 2007, en vigor el 1 de diciembre de 2009), que además hizo vinculante la Carta de los Derechos Fundamentales.

El Consejo suele votar por mayoría cualificada: al menos el 55 % de los Estados miembros (al menos 15) que representen al menos el 65 % de la población de la UE (art. 16 TUE). Para bloquear hacen falta al menos cuatro Estados. La población cuenta, pero los pequeños también. Intenta armar una mayoría.

Interactivo · Arma una mayoría cualificada

Poblaciones: Eurostat, 1 de enero de 2025 (total 450.4 millones), redondeadas en la página. Regla: 15 Estados, el 55 % de los Estados y el 65 % de la población a favor. Una minoría de bloqueo necesita al menos cuatro Estados y más del 35 % de la población. La mayoría de las leyes también necesitan mayoría en el Parlamento. Los códigos son los de la UE (EL es Grecia).

El Tribunal y la cuestión prejudicial

¿Cómo moldea un tribunal de Luxemburgo el derecho de 27 países sin tener un ejército propio? A través de los jueces nacionales. Según el artículo 267 TFUE, cualquier órgano jurisdiccional nacional puede suspender un caso y preguntar al Tribunal de Justicia qué significa una norma de derecho de la UE (o si un acto de la UE es válido). Un tribunal de última instancia debe preguntar cuando la duda es real y no está ya resuelta (las excepciones CILFIT, 1982). El Tribunal responde a la pregunta, no al caso. El tribunal nacional aplica la respuesta.

Así el sistema sigue descentralizado: cada juez ordinario de Europa es también juez de la UE, y el Tribunal recibe casos de personas que litigaron por los motivos más corrientes. Van Gend mismo llegó por esta vía, desde el tribunal fiscal neerlandés, y así llegaron cientos de sentencias importantes sobre derechos de los trabajadores, seguridad de los productos y protección de datos. Un ejemplo español es el asunto Aziz (C-415/11, 2013), que salió de un juzgado de lo mercantil de Barcelona y trató de las cláusulas abusivas y de la falta de suspensión en la ejecución hipotecaria bajo la Directiva 93/13. El costo es el tiempo: una cuestión prejudicial suele añadir bastante más de un año.

Interactivo · Una cuestión prejudicial, paso a paso

    Cuando los tribunales nacionales se resisten

    La primacía es el punto de vista del Tribunal de Justicia. Los tribunales constitucionales nacionales tienen el suyo, y la fricción es parte del derecho. El Tribunal Constitucional Federal de Alemania dijo en Solange I (1974) que controlaría las medidas de la UE frente a los derechos fundamentales alemanes «mientras» la UE no tuviera su propia protección; en Solange II (1986) retrocedió, porque la protección de la UE había madurado. En mayo de 2020 el mismo tribunal, en la decisión PSPP sobre las compras de bonos del Banco Central Europeo, sostuvo que una sentencia del Tribunal de Justicia se había excedido en sus poderes, algo que el Tribunal de la UE insiste en que solo él puede decidir. En octubre de 2021 el Tribunal Constitucional de Polonia (sentencia K 3/21) declaró partes de los Tratados de la UE incompatibles con la constitución polaca, algo que la Comisión y muchos juristas polacos y europeos impugnaron porque la independencia de ese tribunal estaba en entredicho. Los dos episodios muestran lo mismo: la primacía depende de que los tribunales nacionales la acepten y de su disposición a dejar la última palabra al Tribunal de la UE.

    Y la puerta de salida es real. El artículo 50 del Tratado de la Unión Europea permite que un Estado se vaya. El Reino Unido lo hizo el 31 de enero de 2020. En España, además, la Constitución prevé que una ley orgánica autorice los tratados que transfieran competencias a una organización internacional (art. 93), y esa fue la vía de su ingreso.

    América Latina: Mercosur, la Comunidad Andina y Centroamérica

    Los bloques regionales de América Latina tomaron prestado el modelo europeo, pero cada uno se detuvo en un punto distinto, por razones que un estudiante de Derecho debe entender y no despachar. Los presidentes temían ceder soberanía a un tribunal, y muchos bloques se construyeron para comerciar y proteger a Estados jóvenes, no para disolver fronteras. Centroamérica tiene una historia casi tan antigua como la europea: su Tratado General de Integración Económica Centroamericana, que creó un mercado común, se firmó en Managua el 13 de diciembre de 1960, solo tres años después del Tratado de Roma.

    BloqueFundaciónTribunalHasta dónde llega
    Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú)Acuerdo de Cartagena, 26 de mayo de 1969; Chile se fue en 1976 y Venezuela en 2006Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, Quito (tratado de 1979; en funciones desde el 2 de enero de 1984; cuatro magistrados, uno por país)El más cercano a la UE: las decisiones comunitarias se aplican directamente (art. 3 del tratado del Tribunal) y, según la jurisprudencia del Tribunal, tienen preeminencia sobre el derecho nacional; el juez nacional pide una interpretación prejudicial al Tribunal, con el artículo 267 como modelo. Acciones de nulidad y de incumplimiento.
    Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay; Bolivia, miembro pleno desde 2024; Venezuela suspendida desde 2016)Tratado de Asunción, 26 de marzo de 1991; Protocolo de Ouro Preto, 1994 (personalidad jurídica)Tribunal Permanente de Revisión, Asunción (Protocolo de Olivos, 18 de febrero de 2002; funciona desde 2004)Intergubernamental: cada Estado debe incorporar las normas por su propio procedimiento. Los laudos del Tribunal obligan a las partes y son definitivos, pero no hay efecto directo para las personas ni doctrina de primacía; las opiniones consultivas (que pueden pedir los Estados, los órganos del Mercosur y los tribunales superiores) no son vinculantes.
    SICA (Sistema de la Integración Centroamericana)Protocolo de Tegucigalpa, 13 de diciembre de 1991; en funcionamiento desde el 1 de febrero de 1993 (sucede a la ODECA de 1951)Corte Centroamericana de Justicia, Managua (desde 1994)Miembros: Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, más Belice (2000) y la República Dominicana (2013). Costa Rica nunca fue parte de la Corte. Nicaragua se retiró de la Corte en marzo de 2025, Honduras en abril de 2026 y El Salvador en mayo de 2026; la prensa informa que la Corte dejó de funcionar.

    Mide tú mismo cuánto del modelo europeo hay en cada uno.

    Interactivo · ¿Cuánto del modelo europeo tiene cada bloque?

    Cuatro criterios simplificados, con dos puntos si el bloque lo cumple, uno si lo cumple en parte y cero si no. Es una ilustración, no un índice académico; las fuentes están al final de la pieza.

    El patrón es instructivo. El modelo andino copió de cerca a Luxemburgo y se ha usado mucho, sobre todo en propiedad intelectual, pero la Comunidad se ha reducido: llegó a tener seis miembros (con Chile y Venezuela) y hoy tiene cuatro. Mercosur creció políticamente (nuevos miembros, un Parlamento consultivo) con un núcleo jurídico delgado. En Centroamérica, el tribunal existe en el papel desde hace tres décadas y se está quedando sin Estados: Nicaragua adujo, al irse, que la Corte solo había tenido jueces de tres países. Es el caso más claro de lo que ocurre cuando un tribunal regional depende de gobiernos que pueden apagarlo.

    Hay además un segundo sistema regional que conviene no confundir con el de integración. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José, no es el tribunal de ningún bloque comercial, pero sus sentencias llegan a los mismos jueces nacionales: con el «control de convencionalidad» (Almonacid Arellano vs. Chile, 2006, visto en Derecho internacional y derechos humanos, 34/11), un juez colombiano o peruano puede tener que comprobar a la vez el derecho andino y la Convención Americana. Europa tiene lo mismo en dos tribunales (Luxemburgo para el derecho de la UE, Estrasburgo para el Convenio Europeo); en América Latina los sistemas de integración y de derechos humanos corren por vías separadas.

    Europa y Mercosur: una pregunta para Luxemburgo

    Los dos mundos se cruzan en un acuerdo concreto. La UE y Mercosur firmaron un acuerdo de libre comercio el 17 de enero de 2026 en Asunción, tras más de veinte años de negociación. Cuatro días después, el 21 de enero de 2026, el Parlamento Europeo votó (334 a favor, 324 en contra y 11 abstenciones) pedir al Tribunal de Justicia un dictamen sobre si el acuerdo es compatible con los Tratados, usando el procedimiento del artículo 218(11) TFUE. Mientras el Tribunal no responda, el Parlamento no puede votar su aprobación, y las estimaciones periodísticas son de uno a dos años. En el lado de Mercosur, Argentina y Uruguay lo ratificaron el 26 de febrero de 2026. La aplicación provisional de la parte comercial, antes de terminar el trámite, es otro punto de disputa entre las instituciones.

    La escena resume la lección de la pieza. En Europa, una pregunta sobre un tratado con Montevideo y Brasilia la decide un tribunal supranacional cuyas respuestas obligan a las instituciones. En Mercosur, la norma pasa por el parlamento de cada país y ningún tribunal regional puede imponerse a ellos. Dos maneras de organizar la integración chocan en un mismo texto.

    África y la lección común

    En África el patrón es parecido. La CEDEAO (África Occidental; Malí, Burkina Faso y Níger la dejaron en enero de 2025) nació con el Tratado de Lagos (1975, revisado en 1993) y su Tribunal de Justicia de la Comunidad, en Abuja, admite desde 2005 casos de derechos humanos de personas contra los Estados miembros, un paso al estilo de la UE, aunque el cumplimiento depende de los gobiernos; la libre circulación de personas existe desde 1979. La Unión Africana (Acta Constitutiva de Lomé, 2000, lanzada en Durban en 2002 para sustituir a la OUA de 1963) previó un Tribunal de Justicia que nunca llegó a funcionar; la Corte Africana está en Arusha. Su cláusula de intervención (art. 4(h)) y la suspensión de gobiernos surgidos de golpes son singulares; su zona de libre comercio (AfCFTA) opera desde 2021. Y el tribunal de la Comunidad de África Meridional (SADC) fue suspendido en 2010 después de fallar contra los despojos de tierras de Zimbabue en Campbell contra Zimbabue (2008), y luego perdió el acceso individual: el caso más claro de lo que pasa cuando un tribunal regional falla contra un gobierno que puede apagarlo.

    ¿Qué hizo diferente a la UE? Sus defensores señalan la confianza de posguerra, una profunda interdependencia económica y jueces nacionales dispuestos a actuar como jueces de la UE. Los escépticos añaden que los tribunales de la UE también se beneficiaron de Estados miembros que dejaron que el Tribunal ampliara sus poderes sin votación, algo que se discute dentro de Europa. La medida de cualquier derecho regional es hasta dónde están dispuestos a obligarse sus gobiernos.

    Lo que un graduado ve sin pensarlo

    Dónde aparece después

    Si quieres profundizar

    Para llevar

    El derecho de la UE es lo que resulta cuando se deja que un tratado llegue a las personas (efecto directo) y gane al derecho nacional (primacía), aplicado por jueces nacionales ordinarios que pueden preguntar a Luxemburgo (la cuestión prejudicial). Cuatro libertades y el voto por mayoría cualificada forman el mercado único. En América Latina, la Comunidad Andina copió el tribunal, Mercosur conservó su soberanía y en Centroamérica la Corte quedó sin Estados; en África, la CEDEAO llegó a medias. La medida de cualquier derecho regional es hasta dónde están dispuestos sus gobiernos a obligarse.

    Prueba esto: mira en la parte de abajo de un producto que tengas, un cargador, un juguete o una etiqueta de comida, y busca la marca CE o una etiqueta al estilo europeo. Son las reglas del mercado único impresas en un objeto.

    Fuentes y para profundizar

    Fuentes. TJUE: Van Gend en Loos (26/62, 1963), Costa contra ENEL (6/64, 1964), Van Duyn (41/74), Defrenne II (43/75), Simmenthal (106/77), Cassis de Dijon (120/78), Marshall (152/84), Marleasing (C-106/89), Francovich (C-6/90), Keck (C-267/91), CILFIT (283/81), Aziz (C-415/11; juzgado de lo mercantil n.º 3 de Barcelona, según EUR-Lex); TFUE arts. 218(11), 258, 267, 288; TUE arts. 16 y 50; Tratado de Lisboa (firmado el 13 de diciembre de 2007, en vigor el 1 de diciembre de 2009). Bundesverfassungsgericht, Solange I (1974), Solange II (1986), PSPP (5 de mayo de 2020); Tribunal Constitucional polaco K 3/21 (7 de octubre de 2021). Poblaciones: Eurostat, 1 de enero de 2025 (a través de la lista de Wikipedia de Estados de la UE por población; total 450,380,300). Constitución española, art. 93 (texto consolidado del BOE). Mercosur: Tratado de Asunción (1991), Protocolo de Ouro Preto (1994), Protocolo de Olivos (18 de febrero de 2002), Tribunal Permanente de Revisión y opiniones consultivas (Wikipedia en español); Bolivia, miembro pleno desde 2024, y Venezuela, suspendida desde diciembre de 2016 (Wikipedia en español, «Mercosur»). Comunidad Andina: Acuerdo de Cartagena (26 de mayo de 1969), salida de Chile (1976) y de Venezuela (2006) (Wikipedia en español, «Comunidad Andina»); Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (tratado de 1979, funciona desde el 2 de enero de 1984, sede en Quito, cuatro magistrados; Wikipedia en español); proceso 1-IP-87 (3 de diciembre de 1987) y principios de aplicación inmediata, efecto directo y preeminencia, según la interpretación prejudicial 300-IP-2017 (Quito, 16 de julio de 2018) y estudios de la Revista Peruana de Derecho Internacional y de la Universidad Andina Simón Bolívar. SICA: Protocolo de Tegucigalpa (13 de diciembre de 1991), ODECA (1951), Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Managua, 13 de diciembre de 1960) (Wikipedia en español); Corte Centroamericana de Justicia (Wikipedia en español) y la prensa centroamericana sobre los retiros de Nicaragua (18 de marzo de 2025), Honduras (abril de 2026) y El Salvador (20 de mayo de 2026) (La Prensa de Nicaragua, La Prensa de Honduras, El Heraldo, Diario El Mundo). Acuerdo UE–Mercosur: firma del 17 de enero de 2026 en Asunción, voto del Parlamento Europeo del 21 de enero de 2026 (334-324-11) y ratificaciones de Argentina y Uruguay del 26 de febrero de 2026 (Chequeado; El Debate; Diario de Cuyo). CEDEAO (Tratado de Lagos, 1975; salida de los Estados del Sahel, enero de 2025), Acta Constitutiva de la UA (2000). Los interactivos de la mayoría cualificada y del bloque se calcularon en node; los de efecto directo y regla nacional son modelos didácticos simplificados.

    Para tu español
    efecto directo (direct effect) · primacía (primacy, supremacy) · reglamento (regulation; also a rule) · directiva (directive) · mayoría cualificada (qualified majority) · cuestión prejudicial (preliminary reference) · Estado miembro (member state) · mercado único (single market) · reconocimiento mutuo (mutual recognition) · incumplimiento (breach, failure to comply)